sábado, 28 de marzo de 2020

De la vivienda, su desaforado, descontrolado, alquiler.

La vivienda no es solo un bien inmobiliario,
es también una forma de consolidación 
espiritual.  - Mario Benedetti -.  

Es una verdad incontrastable, que noble y honestamente ha de reconocerse,  que los alquileres están por las nubes y que es una filfa el artículo 17 de la LAU-de otro modo no estarían tan desorbitados-, ya que la renta la fija unilateralmente el arrendador sin atender en este sentido, como en cualquier otro que no le convenga a su egoísmo, la opinión del arrendatario.. Se impone a la mayor urgencia el control del alquiler, que, como digo, controla el arrendador, que se verifique lo anunciado por Abalos: una norma para controlar el precio del alquiler.

En la Historia de España, segundo tomo, de Fernando García Cortázar y José Manuel González Vesga, podemos leer estas líneas: 

Mayor disgusto produce la incapacidad del gobierno de ofrecer una vivienda de bajo costo a los españoles, que aguantan indefensos la subida disparatada de los inmuebles. 

Mientras tanto en nuestra Constitución dice el artículo 47: ‘Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Etcétera. Y, con respecto a la Tercera Edad, el 50: ‘… con independencia de las obligaciones familiares, promoverá su bienestar mediante un sistema de servicios sociales que atenderán a sus problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio’. ¡Que ironía, que burla!

Parando mientes en la vivienda ocurre, empero, que lo mismo tiene que paga una renta de auténtico latrocinio el cuarentón, por ejemplo, que la persona mayor, sea septuagenario, octogenario o nonagenario, y lo mismo se cometen con él amaños y desmanes.

El arrendador cuenta con la ventaja de que es mayor la demanda que la oferta; ello le posibilita y aun facilita efectuar tropelías; sí, sí, indubitadamente, le da poder. Lo pone en práctica él y/o su administrador.

Qué decir de la tendencia del arrendador a alquilar la vivienda o el apartamento de colocar en él unos muebles de salir del paso –a veces un tanto viejos si preceden otros contratos-, lo cual conlleva la picardía de camuflar el elevadísimo precio del alquiler. Esto lleva inherente que el inquilino no pueda disponer de muebles propios, como es lo deseable, y si los tiene no poder disfrutar de ellos, además de tener que afrontar dónde guardarlos o depositarlos.

Toda la negatividad con que el arrendatario se encuentra le importa un bledo, por supuesto, a un administrador, quien obviamente está al servicio del arrendador. La nueva creación de agencia inmobiliaria cobra al arrendatario –y a veces también al arrendador, según ley sacada de la manga-. Preferible es, obviamente, el arrendamiento en que no hay mediador ni agencia ni administrador, que se realiza el contrato de casero a inquilino.

En nada como en la vivienda se ve tan claro el desplome moral de la gente; aquí ya vale todo, y no vale nada la moral, la honradez. Es una pena de sociedad, una abundancia aterradora de golfería, ilegalidad, robo descarado. El nuevo tipo de hoy día es el ‘delincuente honrado’, individuo verdaderamente repulsivo; ‘nada hay más despreciable, ni peligroso, – Pérez Reverte dixit- que un malvado que cada noche se va a dormir con la conciencia tranquila’. 

Quien reside en piso o apartamento alquilado se halla vilmente explotado por el arrendador, ello  es incuestionable, en realidad le tiene ahogado económicamente. Esta injusta situación se ve agudizada para el arrendatario por la surgida pandemia del coronavirus, y pues los desahucios aumentarían en progresión geométrica ha ordenado el Gobierno la suspensión del pago de alquileres mientras dure esta crisis, pero esto no pasa de ser un paliativo, un remedio momentáneo, en el fondo una chapuza, ya que lo que se impone es poner coto a este…, digamos finamente, negocio redondo, que como tal, no puede ser más ventajoso y que sale a medida del deseo, cual ya dije antes. Lo que se impone es, evidentemente, poner término,  límite, fin, a tal negocio al que se puede aplicar estos versos de Adelardo López de Ayala, en su comedia ‘El tanto por ciento’:

Vivirás en calma,
si llagas a comprender
que ese afán de enriquecer
el cuerpo a costa del alma,
es universal veneno
de la conciencia del hombre,
que nos tapa, con el nombre
de negocio, tanto cieno…
Codicia que nunca está
saciada, y siempre anhelante;
si en el hombre es repugnante,
en la mujer, ¿qué será?   .         

Ni que decir tiene que me he adherido a esta resolución, poniendo además el comentario siguiente:

Además se trata por regla general de alquileres de evidente usura que deben ser corregidos y con carácter retroactivo. No me explico que se haya permitido llegar a una situación bochornosamente injusta, injustamente bochornosa, con el alquiler de vivienda –no  mucho menos cabe decir de los locales, cuya abusiva renta ha hundido algún pequeño y honrado negocio-, como asimismo prohibir la picaresca de alquilar imponiendo muebles al arrendatario para camuflar el precio usurario del alquiler.

Siendo tan censurable, reprobable, vituperable, la renta que se hace purgar al inquilino, no es, ni mucho menos, para asombrarse verlo impropio, indebido, discordante, la suspensión de de la misma durante la crisis, sino todo lo contrario, puesto que es visiblemente oportuno, esencial. Cierto que también sería natural recortar otros abusos de orden económico, cual el pingüe salario que se auto-asignan los políticos, mas hic et nunc, aquí y ahora, estoy tratando de los feroces alquileres urbanos, de despiadada avaricia que deja en pañales a ‘El Avaro’, de Moliere.

Ni el arrendador ha de abusar del arrendatario, ni el arrendatario del arrendador.


La conciencia es la presencia de Dios
en el hombre. – Víctor Hugo -. 

Hoy día –repito y nunca se repetirá lo bastante- la balanza está vergonzosamente inclinada al arrendador, por el contrario de la época de la dictadura en que lo estaba hacia el arrendatario. Los alquileres urbanos –viviendas y locales- quedaron estancados, apenas hubo subidas y éstas eran tan mínimas que resultaban irrisorias. Aún en cierto modo hay secuelas de ello en cuanto a contratos antiguos. El cambio, pues, ha sido de ángulo llano, se ha pasado de un extremo a otro: víctima antaño el casero; víctima hogaño el inquilino. E igualmente está claro que nunca éste fue tan explotado como desde la Transición y en línea ascendente.

Remontándonos a lejanos tiempos, y con referencia Madrid –las ciudades provincianas y pueblos aún rentas más modestas-  escribe Augusto Martínez Olmedilla, en su biografía ‘JOSÉ ECHEGARAY (El madrileño tres veces famoso)  -su vida – su obra - su ambiente -. Publicada en 1949.   

Bienandanzas.
La primera de todas, el coste de la vida. Su exponente primordial, los Presupuestos del Estado, que, al surgir la Restauración (1875-76), cifraban los gastos públicos en 638..120.001 pesetas, poco más de lo que hoy consume el Ayuntamiento de Madrid. A tenor de esos números, la existencia se deslizaba plácidamente. Julián, el de la verbena, es un tipo representativo en este aspecto : aquel honrado cajista <que gana cuatro pesetas y no debe na>porque le basta su jornal para vivir holgadamente. […] El jornal corriente de operarios fijos era de dos a seis pesetas (estos últimos, solo los plateros, escasos en número y de técnica refinada).

Apunta seguidamente que ‘el promedio eran tres pesetas’, y tras detallar gastos de alimentación, dice:

Del jornal de tres pesetas sobraban 1,25 para los demás gastos. Como el 18 por 100 de las viviendas de Madrid no llegaba entonces a 15 pesetas de alquiler mensual, y el 20 por 100 no excedían de 25, es evidente que se podía vivir con decoro con un ingreso que hoy se nos antoja ridículo.

En esta biografía pinta el final del siglo XIX desde que Echegaray se inclina en elección de carrera por la de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos. El ciclo vital del autor de ‘El gran galeoto’ va de 1832 a 1916; históricamente del reinado  de Amadeo de Saboya a Alfonso XIII. Transcurrió la Segunda República –llamada “la Niña”, porque solo duró cinco años, la Guerra Civil, la larga Dictadura de Francisco Franco, otro tanto periodo de la corrupta monarquía de Juan Carlos I,  y el corto reinado de su hijo, y en este poco más de un siglo parece en cuanto a carestía de vida haberse deslizado un milenio; sí, últimamente  creció a velocidad supersónica.  

Existe una economía disparada, sin moderación,  y disparatada, irracional, ilógica, absurda, desatinada, descabellada, inverosímil, y tiene su foco principal en el alquiler urbano.  En cualquier sueldo corriente no queda ni para pipas, como vulgarmente suele decirse, tras pagar la vivienda, lo que no había llegado a este  statu quo a lo largo de la Historia. Va a hacer cuatro años, concretamente con fecha 7 de mayo de 2016 escribí un artículo titulado ‘Acerca del problema de la vivienda que se ha hecho arduo, espinoso y de extrema iniquidad’. Ello es axiomático, y clama al cielo, o sea, es manifiestamente escandaloso, e insisto tiene como base el negocio más cenagoso, inhumano, y aquí hay que fijarse no solo en que es mayor la demanda que la oferta, ante todo en la proliferación  de la nueva modalidad de alquileres turísticos. En éstos, dicho sea de paso, si que se puede entender que el inmueble esté amueblado.

No se fundamenta mi conocimiento en estas lides en la teoría, sino ante todo en la praxis  cual copropietario que fui de una finca –propiedad horizontal- en Madrid, cuya administración llevé. Me es conocida, por ende, la picaresca que se engendró in illo tempore, en aquel tiempo, al socaire del alquiler, que si algunos caseros se sirvieron de estos intermediarios, hubo otros que los rechazaron de plano. Surgieron las agencias de alquiler  que, mediante un precio que cobraban, y bajo idea de precio de la renta a pagar, facilitaban varias viviendas a ver, ya de propiedad particular, ya de una inmobiliaria. Todo esto, en cuyo detalle no voy a entrar hoy, evolucionó y transformó, pero la picaresca siguió en pie. ¡Y aún hay quien cita en un bar!

En medio de estos buscavidas, dicho sea en su forma coloquial, estaban las agencias inmobiliarias. Éstas hoy día dominan la administración de fincas, sin que, por supuesto, haya llegado a ser exigida, ni podrá serlo nunca, al propietario la existencia de un administrador. Esto precisamente lo critica Ganivet en su correspondencia epistolar con Unamuno, refiriéndose a los bilbaínos que se enriquecieron con el negocio de minas y se trasladaron a vivir en Inglaterra.  

El motivo de estos desplantes no puede ser más español: es nuestra propensión aristocrática: en cuanto un español tiene cuatro fincas necesita hacer el señor: vivir lejos de sus bienes, contemplándolos a distancia y cobrando las rentas por mano de administrador.

De la Ley de Arrendamiento Urbanos he comentado únicamente el alquiler, su tan transgredido artículo 17, que arbitrariamente fijan, como ya he dicho, de modo unilateral el arrendador y/o administrador, y es cosa en que resultan inmovibles e inconmovibles, uno u otro. El arrendador por sí solo, si actúa sin  su mencionado dependiente. Como es notorio, se quebrantan otros artículos, por lo que en tal caso he de versar sobre este particular próximamente. 
                                                                  

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