sábado, 31 de octubre de 2020

EL ALQUILER URBANO, UN TIPO MÁS DE CORRUPCIÓN

La corrupción lleva infinitos disfraces.
- Frank Herbert - 

La izquierda vive de espalda a los problemas de los españoles, dice la ultraderecha. Bueno, ahora parece que se van a ocupar pero hasta aquí ¿qué ha hecho por ese problema de los problemas que es el robo -sí, llamémoslo por su crudo nombre- de los alquiler de vivienda.? Pues absolutamente nada. Pero igualmente la derecha que se lo reprocha. Una vez más rechazo de plano es dicotomía derecho, izquierda- como Ortega y Gasset, Unamuno, José Antonio... Tanto la izquierda como la derecha cometen injusticias, ya por acción, ya por omisión.

Gran falta hay de fraternidad, de sentido humanitario, cristiano. Es evidente que 'el hombre es lobo del hombre' (Tomás Hobbes), que carece del menor escrúpulo en robarle cuanto le sea posible, la usura está a la orden del día, y ello tanto en el que simpatiza on el ideal político de la derecho como de la izquierda, y en cuanto a religión sea ateo o sea creyente. E incluso preparado en materia de Religión. No, no voy a hablar de la Banca del Vaticano. Como dice Edgard Allan Poe 'el hombre es un animal que estafa, y no hay otro animal que estafe además del hombre'. 

El alquiler de vivienda. 

La vivienda no es solo un bien inmobiliario, es también una forma de consolidación espiritual.
- Mario Benedetti -

En Política en trinque fue una constante, pero tras la dictadura franquista, que no dejó de existir, alcanzó cotas insospechables en cantidad y extensión. Tomó carta de Naturaleza en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y al socaire de la construcción la burbuja del ladrillo, verdadera mafia. ¡qué ladrillazos han dado y que también ha alcanzado al adquirente de vivienda! Pero siempre fue más violento el golpe en el alquiler; verbigracia, yo residí en un apartamento en Madrid con alquiler mensual de sesenta mil pesetas, mientras esos inmuebles los vendió la Inmobiliaria a seiscientas mil, es decir que aquellos que se reservó para renta le aportaban en diez meses el valor de uno de ellos. 

Al esquilmar al ciudadano en el alquiler no se tiene en cuenta, presente, no se considera la edad, entonces, en tal caso, se quebranta el artículo 60 de la Constitución, referente a la Tercera Edad, que garantiza <con independencia de las obligaciones familiares, su bienestar mediante un sistema de de servicios sociales que atenderá sus problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio>

Tan exorbitante precio alcanzó el alquiler y, por otra parte, la lay e transformó plenamente a favor del arrendamiento, por ambas circunstancias, así como ponerse de moda la propiedad horizontal, entendió el ciudadano la conveniencia de tener vivienda propia. Se libra en primer lugar de tener cada pocos años que efectuar una mudanza. porque la ley obliga cada tres o cinco -lo fue cambiando- dejar libre la vivienda donde está siendo explotado y pasar a otra con el mismo sino, suerte, guiándole la misma estrella. 

Para colmo de abuso y para mayor estafa, y justificación de la misma,se implantó la picaresca de alquilar con muebles, lo que impide a una familia disponer de su propio mobiliario -a su gusto y posibilidad-. Y a quienes le tienen, comprado o heredado, verse en el problema de tener que guardarlos. Si al alquiler por las nubes tiene que sumar el alquiler de un guardamuebles, pues apaga y vámonos. Todo, en fin, desquiciado. El arrendador hace tragar un mobiliario de cubrir el expediente, y el inquilino no puede usar, ya digo, el suyo propio por mejor que sea y cariño que le tenga. Aguantar lo que él ponga y en el estado que esté, ya que como digo hay cambio de arrendatario cada tres o cinco años y no hay renovación que valga. 

En definitiva todo es pillaje, en su acepción de hurto, latrocinio, rapiña, El explotado y fastidiado ocupante de piso o de apartamento tiene que poner el cortinaje; bueno, menos mal que puede decidir de algo a su gusto, aparte de su biblioteca particular, si es persona de libros. Solo faltaba que el arrendador le impusiera los libros a leer. Por supuesto que en múltiples casos el valor del moblaje no alcanza el de una biblioteca aceptable. 

Muchas son las pegas que desde la dictadura supone tener que alquilar, cuyo caso fue empeorando a marchas forzadas hasta darse el hecho de la prepotencia que en su picaresca actúa la propiedad de algún tiempo a la actualidad. Aparte de la usura y privilegios que le permite la ley, está la prepotencia, el autoritarismo con que el arrendador trata al arrendatario, él y solo él impone la normas del contrato y, a posteriori, se cree con derecho a continuar la misma conducta de injusticias. Infinidad de ellos formulan un contrato de inquilinato plagado de ilegalidades. Con frecuencia sale a la luz el proceder de quienes, dueño o administrador, procedieron de modo delictivo. En internet podemos ver infinidad de protestas, quejas, por inverecundias de estos caseros de nuevo cuño cuando no de su administrador también en el mismo caso, gremio que hizo Jaime Blanco Granda. y dio el nombre de 'experto inmobiliario' Cuando las referidas quejas por los desmanes de éstos se exponen a su colegio -pues los colegió y todo- se da el clásico dicho: vox clamantis in deserto, la voz que clama en el desierto. 

No gozan de buena prensa, fama, ni mucho menos, estos centros -puede comprobarse en internet-, todas son lamentaciones de quienes se dirigen a ellos en queja de cualquier abuso o arbitrariedad de las que cometen. No ya nada solucionan sino que lo habitual en ellos es no responder la correspondencia recibida. ¡Claro! de ellos 'viven'. Dejan evidente una implícita defensa de su socio, pues si se trata de carecer de potestad correctiva podían exponérselo al comunicante, mas -reitero- hacen patente su tácita defensa al administrador por muy condenable, reprobable, vituperable, execrable, que sea su proceder, su conducta, por enclavada que se halle en la picaresca, cuando no abierta delincuencia.

Los de las inmobiliarias debieran dedicarse más a construir viviendas y venderlas que a arrendar y a administraras. ¿Qué son sus empleados, arquitectos o administradores? Esta complejidad le vale al de la inmobiliaria para esconder conducta indebida. Es administrador pero también aparejador-que un día pasaron a auto-titularse arquitectos técnicos- e incluso arquitecto. ¿Dónde, oficialmente, hay hoy día que delatar a tal empleado de inmobiliaria por faltas de ética profesional, por las arbitrariedades que cometa, al Colegio de Aparejadores, al de Arquitectos, al de Administradores? ¡Vaya escondite que tiene! Picaresca por aquí, por allá y por acullá. 

La realización de cualquier actividad es digna con tal que ésta lo sea en sí, pero claro está que las hay más o menos importantes. Es incuestionablemente de más relieve la dirección técnica de la construcción de un edificio que llevar la administración de un piso alquilado o alquilarle, es decir, ser arquitecto o administrador. Por otra parte, un arquitecto, medianamente que se halle situado en su oficio, no desciende al de modesto administrador, que antiguamente venía a ser de recurso de un hombre de pocos medios como en la mujer el de estanquera. Y qué decir ya, con referencia a alquileres urbanos de que venimos tratando, de aquellas oficinas de alquiler de viviendas que mediante el pago de una cantidad pecuniaria indicaban dirección de vivienda desalquilada y contacto con el dueño. ¡Qué golfería de caseros de propiedad vertical u horizontal, éstos acoplándose a la corrupción del ladrillo!

Tanto en teoría como en praxis conozco bastante este tema de arrendamiento urbano. Más en el ayer, de propiedad horizontal, que en el hoy de pisos sueltos, ya que fui copropietario -al 50% pro indiviso- de a casa que dio mucho que hablar cuando llegó su final: Cava Baja, 30, Madrid. Léase en este blog el título 'Acerca de la Posada de El Segoviano y de la Casa Comida El Segoviano, en Madrid', publicado el 6 de abril de 2019.

Entrada a la Posada ubicada en Cava Baja, 30

He aquí lo que pasó a ser CASA LUCIO

No viene a cuento de la tesis de este artículo repasar diferencias, modificaciones, de la LAU, sí diré que el precio del alquiler le ha fijado siempre el arrendador. En la vigente Ley no debiera ser así dado que el artículo 17. 1. de la LAU dice literalmente: 'La renta será la que libremente estipulen las partes'. Ello por sistema lo quebranta el arrendador.

Asimismo, y aparte de los privilegios ya señalados que se le conceden, hace pasar al arrendatario por más de una arbitrariedad. Item. Anida en su mentalidad que el inquilino es una especie de esclavo de él, y, así, tiene mucho gallo sobre el mismo, es decir, soberbia, altanería, vanidad, y afecta superioridad y dominio. Sé de un caso en que el propietario del apartamento se negó a entrevistarse, ni contactar siquiera con su inquilino. Entre lo mucho negativo que esta conducta revela está la vulgaridad, la pésima educación, que un individuo o individua revela. En el caso que me es conocido se trata de una irrelevante mujer que se hizo con el piso como ayuda para habitarle y que figura habitándolo; bueno, aquí no vale la pena detenerse, siendo además todo en ella pillerías, delinquir.

Que al final se imponga la razón.

Una cosa no es justa por el hecho de ser ley. Debe ser ley porque es justa.
- Montesquieu -

Veremos -y esto es lo que hace falta, que lo véamos, que se cumpla- el final del robo del alquiler y de sus aditamentos ya reseñados. El Gobierno introducirá topes al alquilar en la nueva ley de vivienda. "Se prevé -transcribimos de la noticia- habilitar a la comunidades autónomas o los ayuntamientos a establecer la limitación o bajada de precios de alquiler [...] tanto en nuevos contratos como en los ya existentes". No hay que permitir la imposición de rentas leoninas ni que sigan las que ya se pusieron de verdadera usura, propietario y/o administrador a robar a Sierra Morena. Y en este caso robando con con previo y total desacato a más de un articulo de la Constitución, amén de pisotear el Derecho y la Moral. La Moral cristiana y la moral en general. ¡Como ha de regenerarse la sociedad con tanto ladrón de oficio o de afición; venga ya una política honesta y leyes justas! 

Indubitadamente desde el alcalde Madrid al del último pueblo, pasando por la capitales de provincia, no equipararán los alquileres a toda localidad, como se viene haciendo por los de la inmobiliarias, los administradores y/o aparejadores y arquitectos que ya saqué a la palestra. ¡Inconmensurable disparate, absurdo, dislate, INJUSTICIA, de los referidos empleados de inmobiliaria! 

Tal vez continuaré hablando de este tema tan enojoso, inmoral y delictivo al que se viene dando la espalda por los distintos Gobiernos que se han sucedido. En nombre de la justicia social hay que rechazarlo de plano.

1 comentario:

  1. Intuyo por su artículo, que escribe desde la perspectiva de un ocupa, me gustaría saber si usted paga todos sus compromisos, imagino que NO.

    Llama ladrones a los propietarios con la misma alegría, que yo utilizaría para llamar a un Ocupa.

    Pretende que las personas privadas le financien a Vd. lo que no ha sabido ahorrar durante su vida, y el Estado no es capaz de proveerle.

    ResponderEliminar